Atención de violencia de género en el marco de las Políticas Públicas Sociales en Rio Gallegos. Características de su implementación.

Contenido principal del artículo

Sergio Daniel Ramírez
Ana María Peralta
Herna Bustamente
Iris Pérez
Débora Salazar
Marisa Arteaga
Alicia Guaquel
Maira Martínez

Resumen

La violencia de género como un atentado a los derechos humanos, comienza a dar un paso importante tendiente a la visibilización social e intervención en este tipo de problemática, desde la Declaración y Programa de Acción de Viena. Desde esta declaración se revisó el concepto de violencia, rechazando la idea como algo “privado”, entendiendo que esta y todas las formas de acoso y explotaciones sexuales son incompatibles con la dignidad y la valía de la persona humana. Posteriormente la Convención de Belem do Pará marca los lineamientos fundamentales para el diseño, implementación, coordinación y seguimiento de las leyes y políticas públicas en materia de violencia doméstica y sexual en los países que adhieren a sus postulados, y se constituye un instrumento fundamental.


Para esta consecución los Gobiernos, en los distintos países, deben prestar apoyo en la incorporación de la perspectiva de igualdad de géneros en todas las esferas de política y en todos sus niveles.


En este marco general y desde el Estado Argentino se promulga la Ley Nacional N° 26485 “Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales” y Ley Provincial N° 3201 que adhiere a sus postulados. De estas normas se han implementado en distintos organismos según lo requerido en estas leyes. En la ciudad de Rio Gallegos se organiza desde el Poder Judicial la Oficina de Violencia Doméstica (OVD), desde el Poder Ejecutivo en el área de seguridad la Comisaría de la Mujer y de la Familia y de acción social, la Subsecretaria de la Mujer.


Del trabajo de investigación y tras el análisis realizado, se plantean que estos organismos funcionan en base a lo normado en estas leyes, respetando los valores, dinámica, etc. que como organización le es inherente, lo cual da como resultado una forma de atención que provoca determinados resultados en la atención de las personas que realizan la denuncia correspondiente. Son la forma de organización para la atención y los resultados obtenidos se van a describir y analizar en este escrito.

Detalles del artículo

Cómo citar
Ramírez, S. D. ., Peralta, A. M. ., Bustamente, H., Pérez, I., Salazar, D., Arteaga, M., Guaquel, A., & Martínez, M. (2023). Atención de violencia de género en el marco de las Políticas Públicas Sociales en Rio Gallegos. Características de su implementación. Informes Científicos Técnicos - UNPA, 15(3), 251–278. Recuperado a partir de https://publicaciones.unpa.edu.ar/index.php/ICTUNPA/article/view/992
Sección
Artículos

Citas

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